En la mayoría de las ocasiones la cofradía de la Virgen de la Cabeza de Andújar, recurre directa o indirectamente al ayuntamiento, para que le ayude en sus pleitos o necesidades de indole económica y/o social.
En 1720 en el pleno del Cabildo Municipal de fecha 23 de octubre, se hace eco de la pretensión de la cofradía de Arjona de ocupar el primer sitio en la procesión de romería, alegando que la de Andújar no asistía, habiendo ganado, la primera, en el obispado un pleito por esta circunstancia:
«En este cabildo la ciudad confirio en razon de tener noticia de que la co- fradia y hermandad de ntra. Sra. de la Cabeza de sierra morena de la villa de Arjona a ganado Despacho del sr. Probisor y bicario general de la ziudad de jaen y su obispado Por ante Sebastian de nabarrete argote notario mayor de la audiencia episcopal pretendiendo preferir la hermandad a la ciudad tiene sita en su santuario de dicha santa imagen y resolbió se aga contradizion por esta ciudad a la pretensión yntentada y yntroduzida por la que esta hermandad y cofradia de dicha villa de Arjona con el justificado fundamento de tocar y pertenezer la preferencia a la cofradia y hermandad de esta ziu- dad en la prozesion Que se zelebra el ultimo domingo de Abril de cada año a nuestra sra de la Cabeza cuia posesion ynmemorial tiene la cofradía de esta ziudad Como se prueba el que en las visperas que se azen en dicho santuario A que concurren todas las cofradias solo entra en la capilla mayor de la reja adentro la cofradia desta ziudad quedandose las demas en el cuerpo de la iglesia y sacando y entrando del santuario para la prozesion las andas de la Imagen sin que esto lo ejecute otra ninguna mas que tan solamente la desta ziudad Por la preferencia Que tiene a las demás y que si en alguno o algunos años a preferido La dicha villa de Arjona abra sido por no aber concurrido la desta ciudad a causa de los hermano ni cofrades della an benido a pobrez sin haber podido llevar la bandera de ella asta el año proximo pasado para cuya oposizion y demas negozios que a esta ziudad se ofrescan se de Poder general a D. Manuel Garzia y a Dn Alonso de Alcazar Procuradores del mismo (…)»
(A.H.MA. CAJA, 383, F 108 RV).
La defensa del ayuntamiento se basa en unas alegaciones normales del papel que, durante siglos, venía desempeñando en el santuario de la Virgen de la Cabeza la cofradía local, hoy conocida como matriz, y la justi- ficación de su ausencia como tal, al ser pobre y por tanto no poder asistir. Casi dos años después, el 30 de junio de 1722, el ayuntamiento tiene repuesta al pleito con la cofradía de Arjona:
«En este cavildo D. Juan Jimenez de molina su Jurado dio quenta aver venido de la ziudad de Jaen donde a estado mucho tiempo Solizitando se sen- teziase por el señor provisor de este obispado el pleito que seguia la cofradia de nuestra Señora de la caveza de la villa de Arjona sita en el santuario deste termino con esta ciudad y con la cofradía de dicha santa imagen della pretendiendo llevar lugar preeminente la de Arjona A la de esta ziudad, en la prozesion que se aze el ultimo domingo de abril, cuia determinación se a conseguido a favor de la cofradia de esta ziudad lo que pone en su considerazion para que le conste Dn Juan Jimenez de Molina»
(A.H.M.A. CAJA, 383, F 68 V-69 R).
Es significativo que Jiménez de Molina hable del pleito que seguía la ciudad y la cofradía local; ahí se ve como los problemas de ella eran también los de Andújar, representada por su Ayuntamiento.
FUENTE:
PLEITOS DE LA COFRADÍA MATRIZ, DE LA VIRGEN DE LA CABEZA DE ANDÚJAR, DURANTE LOS SIGLOS XVI AL XX. Enrique Gómez Martínez. Real Academia de la Historia. Instituto de Estudios Giennenses.
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